Decreto anulación actuaciones por no justificación de requisitos

DECRETO DE ALCALDÍA

Dado la resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo y presidente del Servicio de Ocupación de las Islas Baleares, de 19-11-19, por la cual se concedió una subvención al Ayuntamiento de Binissalem para la contratación de 1 AEDL, a jornada completa, por periodo de tres años, de acuerdo con la convocatoria SOIB desarrollo local para ejecutar proyectos de desarrollo local (BOIB núm. 148 de 31-10-2019). Exp. DL-25/19.

Visto el decreto de Alcaldía núm. 842/2020, de 29 de octubre, por el que se constituye, una vez corregido el error, la bolsa de trabajo para proveer este lugar con personal temporal

Visto que, en fecha 30-10-20 se contactó con el aspirante núm. 1 de la bolsa, con DNI 43004592C para ofrecerle el puesto de trabajo, al tiempo que se le requería, de conformidad con la base 10, que presentara la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos establecidos en la base 3.

Visto que, este aspirante, en fecha 01-11-20 (R/E 1067) presentó su conformidad en la contratación, y, en fecha 04-11-20 (R/E 1091) presentó documentación; se revisa la documentación presentada y se comprueba que no ha presentado la documentación justificativa del cumplimiento de algunos de los requisito establecidos en la base 3, tal y como regula la base 10 de este proceso.

De conformidad con lo preceptuado en el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, aprobado por RDL 2/2015, de 23 de octubre; el RD 364/1995, de 10 de marzo y el artículo 41.14 d) del ROF, aprobado por RD 2568/1986 de 28 de noviembre que atribuye a esta Alcaldía la competencia para el nombramiento del personal laboral de este Ayuntamiento; por el presente

Decreto anulación actuaciones por no justificación requisitos