Debido a las actualizaciones de medidas de protección, donde se aplica el nivel 1 en la Isla de Mallorca, una vez finalizada las restricciones de limitación de la libertad de circulación de personas y otras relacionadas con las medidas adoptadas en los establecimientos, locales de restauración y ocio.
Visto el informe de la Policía Local, de 18 de junio de 2021, donde se dice que no existe inconveniente en materia de tráfico por el cierre de la zona referenciada, en el horario previsto y propuesto por el consistorio.
Dado lo informado por el secretario advirtiendo las prescripciones efectuadas por la policía local y la necesidad de llevarlo a Comisión de Movilidad, previamente a la adopción de un acuerdo con la materia.
No obstante, dadas las competencias que tiene atribuidas esta Alcaldía en materia de tráfico en el casco urbano. Dado el artículo 7 del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico. Circulación y Seguridad Vial.
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