
De acuerdo con el artículo 41.3 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, le informamos de lo siguiente:
La Consejería de Asuntos Sociales y Deportes de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares ha publicado unas ayudas dirigidas a las personas en situación de vulnerabilidad para compensar los costes de gas, calefacción, agua caliente o cocina. Es lo que se nombra Bono Social Térmico, en principio estas ayudas se conceden automáticamente, aunque la ciudadanía debe acudir a las oficinas de asistencia en materia de registros si debe renunciar a la ayuda, en este caso debe presentar el documento de renuncia, o si lo acepta, en este caso debe presentar la declaración de veracidad de datos bancarios. Le adjuntamos los impresos para estos 2 casos y una hoja informativa del Bono Social Térmico. Más información: https://www.caib.es/seucaib/ca/200/personas/tramites/tramite/5019334