
Una de las preguntas más frecuentes que habéis hecho durante estos días, es sobre el régimen de visitas de padres y madres separados o divorciados, respecto de sus hijos.
En el estado actual, pueden recogerse los menores del domicilio del otro progenitor, al ser un derecho del menor y una obligación del adulto, pero para vuestra tranquilidad y facilitar el trabajo de la Policía es recomendable llevar con vosotros el convenio regulador del régimen de visitas, más aún si para dicha recogida, necesitáis cruzar distintos municipios.
Gracias por vuestra colaboración.